¿Qué cubre y cuáles son los beneficios de este seguro?
Hasta UF 1.000: Obtén una indemnización de UF 300 o UF 1.000 de libre disposición en caso de diagnóstico de enfermedad grave, fallecimiento y/o muerte accidental.
Activación inmediata: Recibe cobertura para ti y tu familia desde el primer día.
Todo tipo de Previsión de Salud: Contrata este seguro con cualquiera sea tu Previsión de Salud; Isapre, Fonasa, Capredena, etc.
Otorga un capital de libre disposición al Asegurado Titular por diagnóstico de enfermedad grave y entrega cobertura a sus beneficiarios designados en caso de Fallecimiento y/o Muerte Accidental.
En caso de fallecimiento del Asegurado Titular, dentro de la vigencia de la póliza, la Compañía pagará a los beneficiarios el capital asegurado de UF 300 o UF 1.000 según el plan elegido.
En caso de fallecimiento del Asegurado Titular, dentro de la vigencia de la póliza y a consecuencia directa e inmediata de un accidente, la Compañía pagará a los beneficiarios el capital asegurado de UF UF 300 o UF 1.000 según el plan elegido.
En caso de presentar alguna de las siguientes 5 (cinco) enfermedades graves o 2 (dos) intervenciones, y sólo si el asegurado sobrevive 90 días al diagnóstico, la Compañía pagará el capital asegurado de UF 300 o UF 1.000 según el plan elegido, por una sola vez.
Infarto agudo al miocardio
Derrame, hemorragia o infarto cerebral
Cáncer
Insuficiencia renal
Parálisis
Cirugía arterio-coronaria (intervención)
Trasplante (intervención)
POL 2 2013 1504 Fallecimiento
CAD 3 2013 1521 Muerte Accidental
CAD 3 2013 1506 Enfermedades Graves
Fallecimiento, Muerte Accidental y Enfermedades Graves.
Persona natural, mayor de 18 años, que se compromete al pago la póliza.
Persona natural, mayor de 18 años, que cumple con los requisitos de asegurabilidad establecidos en la póliza y accede a la cobertura de la misma.
Anual, con renovación automática.
Por Fallecimiento: UF 300 o UF 1.000 según el plan elegido.
Por Muerte Accidental: UF 300 o UF 1.000 según el plan elegido.
Por Enfermedades Graves: UF 300 o UF 1.000 según el plan elegido.
El o la(s) persona(s) designada(s) expresamente por el Asegurado Titular en la Propuesta o Solicitud de Incorporación a la póliza.
En caso de no tener beneficiarios designados, serán beneficiarios los herederos legales del Asegurado Titular, según posesión efectiva.
El Asegurado Titular.
Edad mínima de ingreso: 18 años cumplidos.
Edad máxima de ingreso: el día en el que el Asegurado Titular cumpla 65 años y 0 días.
Edad máxima de permanencia: el día en que el Asegurado Titular cumpla 70 años y 0 días.
El asegurado titular deberá completar el formulario propuesta y el formulario Declaración Personal de Salud (DPS).
La compañía podrá solicitar mayores antecedentes para evaluación del riesgo, en aquellos casos que estime necesario y conveniente.
Prima Bruta Mensual: UF 0,20 o UF 0,68 (según el pan elegido)
Para la cobertura de Fallecimiento, rigen las exclusiones contenidas en el Artículo 3° del Condicionado General.
Para las coberturas adicionales de Muerte Accidental y Enfermedades Graves, rigen las exclusiones contenidas en el Artículo 3° de las CAD correspondientes
No cubre enfermedades, dolencias o situaciones de salud diagnosticadas o conocidas por el asegurado, o por quien declara a su favor, con anterioridad a la fecha de contratación del seguro
Este seguro no tiene carencia.
En caso de suicidio, la Compañía pagará el capital asegurado a los beneficiaros, sólo si han transcurrido 2 (dos) años completos e ininterrumpidos desde la fecha de inicio de vigencia de la póliza o desde la fecha de rehabilitación de la misma.
Plazo máximo para realizar denuncia de siniestro:
Se deberá dar aviso a la Compañía mediante carta o correo electrónico, en un plazo de 90 (noventa) días de ocurrido el siniestro.
Plazo pago de cobertura:
6 (seis) días hábiles contados desde la recepción por parte de la Compañía de todos los antecedentes para la determinación y/o liquidación del siniestro.
En caso de requerir antecedentes adicionales de salud o judiciales a agentes externos a la Compañía y/o al contratante, se extenderá el plazo para evaluación.
En caso de Fallecimiento o Muerte Accidental:
Formulario de Denuncia de Siniestro.
Certificado de defunción del asegurado en original, con causa de muerte.
Antecedentes médicos, y/o legales, y/o parte policial en caso de accidentes, para determinar las causas de Fallecimiento o Muerte Accidental.
La compañía podrá solicitar mayores antecedentes para evaluación del siniestro, en aquellos casos que estime necesario y conveniente.
En caso de Enfermedades Graves:
Formulario de Denuncia de Siniestro.
Informe médico tratante y antecedentes médicos que permitan certificar el diagnóstico y la fecha del mismo.
La compañía podrá solicitar mayores antecedentes para evaluación del siniestro, en aquellos casos que estime necesario y conveniente.