Seguro Muerte Accidental + Bonificación por permanencia
Con este seguro, tus beneficiarios designados o herederos legales, podrán recibir un capital de indemnización de libre disposición de hasta UF 900 en caso de que fallezcas accidentalmente.
¿Qué cubre y cuáles son los beneficios de este seguro?
Elige tu capital de indemnización: Tú escoges el capital de indemnización que quieras para tus beneficiarios designados o herederos legales: UF 500, UF 600 o UF 900.
Devolución de primas pagadas: Si cumples 36 meses de vigencia continua en este seguro y estás al día en los pagos, podrás acceder automáticamente a una bonificación del 60% de las primas pagadas durante ese periodo.
No importa tu previsión de salud: Para contratar el Seguro Muerte Accidental, no es necesario que estés afiliado a Isapre o Fonasa, solo debes tener entre 18 y 65 años.
Cobertura de Muerte Accidental.
La Compañía pagará un capital de indemnización de libre disposición a los beneficiarios designados por el asegurado titular o a sus herederos legales, según corresponda, si durante la vigencia de la póliza se acredita su fallecimiento a consecuencia directa de un accidente.
UF 500, UF 600 o UF 900, según seguro contratado.
• Edad mínima de ingreso: 18 años.
• Edad máxima de ingreso: 65 años y 364 días
• Edad máxima de permanencia: 69 años y 364 días.
Los asegurados que cumplan 36 meses de vigencia ininterrumpida en la póliza y estén al día en los pagos, podrán acceder a la bonificación del 60% de las primas netas pagadas durante ese periodo.
Esta bonificación se realizará en forma automática, cada vez que el asegurado cumpla 36 meses de vigencia ininterrumpida en la póliza.
60% de las primas netas pagadas por el contratante en un periodo de 36 meses.
Rigen las exclusiones de cobertura contenidas en el Artículo 3° del Condicionado General de la póliza depositado bajo el código POL 3 2023 0399 en la Comisión para el Mercado Financiero.
Anual, con renovación automática garantizada.
Cualquiera de las partes podrá no renovar la cobertura, dando aviso con al menos 60 días de anticipación a la fecha de vencimiento original o cualquiera de sus prórrogas.
Persona natural, mayor de 18 años, que se compromete al pago de la póliza.
Persona natural que cumple con los requisitos de asegurabilidad establecidos en la póliza y accede a la cobertura de la misma.
Cumplir con las edades establecidas en la póliza.
No es necesario estar afiliado.
Sólo asegurado titular.
El monto de la prima mensual por asegurado está expresado en UF y es el siguiente:
* UF 500: Monto de prima mensual UF 0,23200
* UF 600: Monto de prima mensual UF 0,27840
* UF 900: Monto de prima mensual UF 0,41760